viernes, 28 de diciembre de 2012

78. Supresión de la paga extra; daños colaterales

Ya se ha consumado el robo, se ha dejado de abonar la paga extra denavidad de 2012, pero además, se efectuado con saña y sin cuidado de las situaciones precarias.

 

En esta entrada hacemos referencia a ciertas consecuencias anexas a la supresión de la paga extra de los empleados públicos: la detracción de las cuotas de los derechos pasivos de la paga no abonada y el descuento de la paga prorrateada.Son daños colaterales, añadidos y superfluos, al impago de esta parte del salario de los empleados públicos que ha decretado el gobierno.


Más allá de la supresión de la paga extra de diciembre, este mes nuestro sueldo ha sido inferior al de los otros 11 meses de este año, entre 70 y 150 € menos, aproximadamente, dependiendo de la categoría. La explicación es que se ha deducido la parte alícuota de las cotizaciones por clases pasivas correspondiente a la paga extra no abonada. El gobierno ha esgrimido que era legal. Ciertamente el RD Ley 20/2012 a la vez que suprimía la paga extra no procedió a la modificación de la ley de clases pasivas, para modificar la regulación de las cuotas mensuales de los derechos pasivos. Pero esta es una pura razón de epidermis normativa, banal y hueca. En el fondo, se procede a detraer los derechos pasivos de lo que no se ha abonado. Choca contra la más elemental regla de justicia material, pues no se cobra pero se abona  por ello, luego sin los efectos beneficiosos se obliga a soportar el gravamen. Ahora se difunde que el gobierno recula y que se procederá al abono de esas cantidades en los próximos 3 meses. Ya veremos. Pero, ¿entonces para qué se han descontado estass cantidades?

Por otro lado, hay casos especialmente sangrantes. Por ejemplo, hoy se ha difundido la situación de los trabajadores con contrato temporal con alguna administración a los que se venía prorrateando la paga extra. En la administración del País Vasco se ha procedido a la detracción en diciembre del total de las cantidades previamente abonadas como prorrateo de pagas extraordinarias. En el supuesto que se ha publicado (investigadores bio-médicos con contrato de investigación con la administración sanitaria) al descontarles 5/6 de sus emolumentos de la paga extra han cobrado mensualidades irrisorias en torno a los 150€. ¿Era necesario proceder así? ¿No existían alternativas menos onerosas para los trabajadores?

Estas situaciones, anecdóticas si se quiere, ilustran una cierta desconsideración hacia los trabajadores y evidencian una improvisación, rasgos ambos que tiñen toda la actividad normativa de este gobierno.

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